NIC 32 · Instrumentos Financieros: Presentación

Párrafo 39 Intereses, dividendos, pérdidas y ganancias (véase también el párrafo GA37)

El importe de los costos de transacción que se hayan contabilizado como deducciones del patrimonio en el periodo se informará por separado, de acuerdo con la NIC 1 40 Los dividendos clasificados como gastos pueden presentarse, en los estados del resultado del periodo y otro resultado integral bien con los intereses sobre otros pasivos o como una partida separada. Además de los requerimientos de esta Norma, la información a revelar sobre intereses y dividendos está sujeta a los requerimientos fijados en la NIC 1 y la NIIF 7. En determinadas circunstancias, a causa de las diferencias entre intereses y dividendos con respecto a cuestiones como la deducibilidad fiscal, puede ser deseable revelarlos por separado en los estados del resultado del periodo y otro resultado. La información a revelar sobre los efectos fiscales se determinará de acuerdo con la NIC 12.

Norma Internacional de Contabilidad 32, párrafo 39. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 217 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Intereses, dividendos, pérdidas y ganancias (véase también el párrafo GA37)»

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