NIC 29 · Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias
Párrafo 8 La reexpresión de estados financieros
Los estados financieros de una entidad cuya moneda funcional sea la de una economía hiperinflacionaria, independientemente de si están basados en el método del costo histórico o en el método del costo corriente, deberán expresarse en términos de la unidad de medida corriente en la fecha de cierre del periodo sobre el que se informa. Tanto las cifras comparativas correspondientes al periodo anterior, requeridas por la NIC 1 Presentación de Estados Financieros (revisada en 2007), como la información referente a periodos anteriores, deberán también expresarse en términos de la unidad de medida corriente en la fecha de cierre del periodo sobre el que se informa. Para presentar los importes comparativos en una moneda de presentación diferente, se aplicarán los párrafos 42(b) y 43 de la NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera.
Norma Internacional de Contabilidad 29, párrafo 8. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 204 del documento de origen .