NIC 21 · Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera
Párrafo 43 Conversión a la moneda de presentación
Cuando la moneda funcional de la entidad se corresponda con la de una economía hiperinflacionaria, reexpresará sus estados financieros antes de aplicar el método de conversión establecido en el párrafo 42, de acuerdo con la NIC 29, excepto las cifras comparativas en el caso de conversión a la moneda de una economía no hiperinflacionaria [véase el apartado (b) del párrafo 42]. Cuando la economía en cuestión deje de ser hiperinflacionaria, y la entidad deje de reexpresar sus estados financieros de acuerdo con la NIC 29, utilizará como costos históricos, para convertirlos a la moneda de presentación, los importes reexpresados según el nivel de precios a la fecha en que la entidad deje de hacer la citada reexpresión.
Norma Internacional de Contabilidad 21, párrafo 43. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 171 del documento de origen .