NIC 21 · Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera
Párrafo 17 Resumen del enfoque requerido por esta Norma
Al preparar los estados financieros, cada entidad—ya sea una entidad aislada, una entidad con negocios en el extranjero (tal como una controladora) o un negocio en el extranjero (tal como una subsidiaria o sucursal)— determinará su moneda funcional de acuerdo con los párrafos 9 a 14. La entidad convertirá las partidas en moneda extranjera a la moneda funcional, e informará de los efectos de esta conversión, de acuerdo con los párrafos 20 a 37 y 50.
Norma Internacional de Contabilidad 21, párrafo 17. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 168 del documento de origen .