NIA 810 · (Revisada): encargos para informar sobre estados financieros resumidos

Párrafo 4 Definiciones

A efectos de esta NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación: (a) Criterios aplicados: los criterios aplicados por la dirección para la preparación de los estados financieros resumidos. (b) Estados financieros auditados: estados financieros809 auditados por el auditor de conformidad con las NIA, y de los cuales derivan los estados financieros resumidos. (c) Estados financieros resumidos: información financiera histórica derivada de los estados financieros pero que contiene menos detalle que los estados financieros, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los estados financieros sobre los recursos económicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado o de los cambios habidos en ellos en un período de tiempo810. Diferentes jurisdicciones pueden utilizar una terminología diferente para describir tal información financiera histórica.

Norma Internacional de Auditoría 810, párrafo 4. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 534 del documento de origen .

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