NIA 810 · (Revisada): encargos para informar sobre estados financieros resumidos

Párrafo 25 Información adicional no auditada presentada junto con los estados financieros resumidos

El auditor evaluará si cualquier información adicional no auditada que se presente junto con los estados financieros resumidos se distingue claramente de dichos estados financieros. Si el auditor concluye que la forma en que la entidad presenta la información adicional no auditada no se distingue claramente de los estados financieros resumidos, solicitará a la dirección que modifique la presentación de la información adicional no auditada. Si la dirección se niega a hacerlo, el auditor explicará, en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, que dicha información no está cubierta por dicho informe. (Ref: Apartado A26) [véanse los apartados 14 y 15]

Norma Internacional de Auditoría 810, párrafo 25. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 539 del documento de origen .

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