La NIA 700 (Revisada) requiere que el auditor, al formarse una opinión, evalúe si los estados financieros proporcionan la información adecuada para permitir a los usuarios a quienes se destina el informe, entender el efecto de las transacciones y de los hechos materiales sobre la información contenida en los estados financieros793. En el caso de la auditoría de un solo estado financiero o de un elemento específico de un estado financiero, es importante que el estado financiero o que el elemento teniendo en cuenta el marco de información financiera aplicable, revelen la información que permita a los usuarios a quienes se destina el informe, entender la información contenida en el estado financiero o en el elemento, así como el efecto 788 NIA 240,Responsabilidades del auditor con respecto al fraude en una auditoría de estados financieros 789 NIA 550, Partes vinculadas. 790 NIA 260 (Revisada), Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, Apartado11. 791 NIA 260 (Revisada), apartados 10(b), 13, A1 (tercer punto), A2 y A8. 792 NIA 200, apartado 2. 793 NIA 700 (Revisada), apartado 13(e) de las transacciones y de los hechos materiales sobre la información contenida en el estado financiero o en el elemento.
Norma Internacional de Auditoría 805, párrafo A16.
Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 522 del documento de origen .