NIA 805 · (Revisada): consideraciones especiales - auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero

Párrafo 3 Alcance de esta NIA

Esta NIA no invalida los requerimientos de las demás NIA, ni pretende tratar todas las consideraciones especiales que puedan ser relevantes en las circunstancias del encargo.

Norma Internacional de Auditoría 805, párrafo 3. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 517 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Alcance de esta NIA»

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