La NIA 700 (Revisada) trata la estructura y contenido del informe de auditoría, incluido el orden específico de ciertos elementos. En el caso de un informe de auditoría sobre unos estados financieros con fines específicos: (a) el informe de auditoría describirá también la finalidad para la cual se han preparado los estados financieros y, en caso necesario, los usuarios a quienes se destina el informe, o se referirá a la nota explicativa de los estados financieros con fines específicos que contenga dicha información; y (b) si la dirección puede elegir entre distintos marcos de información financiera para la preparación de dichos estados financieros, la explicación de la responsabilidad de la dirección741 en relación con 736 NIA 210, Acuerdo de los términos del encargo de auditoría, apartado 6(a). 737 NIA 200, apartado 18. 738 NIA 315 (Revisada), Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno, apartado 11(c). 739 NIA 700 (Revisada), Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros. 740 NIA 700 (Revisada), apartado 15. 741 U otro término adecuado según el marco legal de la jurisdicción de que se trate. los estados financieros también hará referencia a que es responsable de determinar que el marco de información financiera aplicable es aceptable en las circunstancias. Advertencia a los lectores de que los estados financieros han sido preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
Norma Internacional de Auditoría 800, párrafo 13.
Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 504 del documento de origen .