NIA 705 · (Revisada): opinion modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente
Párrafo A15 Determinación del tipo de opinión modificada
Cuando el auditor concluya que es necesario renunciar al encargo debido a una limitación al alcance, puede existir el requerimiento legal, reglamentario o profesional de que comunique las cuestiones relacionadas con la renuncia al encargo a las autoridades reguladoras o a los propietarios de la entidad.
Norma Internacional de Auditoría 705, párrafo A15. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 440 del documento de origen .