NIA 700 · (Revisada): formacion de la opinión y emision del informe de auditoría sobre los estados financieros

Párrafo A34 Requerimientos de ética aplicables (Ref.: Apartado 28(c))

La identificación de la jurisdicción de origen de los requerimientos de ética aplicables incrementa la transparencia sobre dichos requerimientos en relación con el encargo de auditoría concreto. La NIA 200 explica que los requerimientos de ética aplicables habitualmente comprenden las partes A y B del Código de Ética del IESBA relativos a la auditoría de estados financieros junto con aquellos requerimientos nacionales que sean más restrictivos.555 Cuando los requerimientos de ética incluyan los del Código de Ética del IESBA, la declaración también se puede referir al Código de Ética del IESBA. Si el Código de Ética del IESBA constituye todos los requerimientos de ética aplicables a la auditoría, no es necesario que la afirmación identifique una jurisdicción de origen.

Norma Internacional de Auditoría 700, párrafo A34. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 398 del documento de origen .

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