NIA 700 · (Revisada): formacion de la opinión y emision del informe de auditoría sobre los estados financieros

Párrafo 19 Forma de la opinión

Cuando los estados financieros se preparen de conformidad con un marco de cumplimiento, no se requiere que el auditor evalúe si los estados financieros logran la presentación fiel. Sin embargo, si en circunstancias extremadamente poco frecuentes, el auditor concluye que dichos estados financieros inducen a error, lo discutirá con la dirección y, dependiendo del modo en que se resuelva dicha cuestión, determinará si ha de ponerlo de manifiesto en el informe de auditoría y el modo en que lo ha de hacer. (Ref.: Apartado A17)

Norma Internacional de Auditoría 700, párrafo 19. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 386 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Forma de la opinión»

Toda la NIA 700 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.