NIA 600 · Consideraciones especiales-auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de los componentes)

Párrafo 29 Componentes no significativos

Si el equipo del encargo del grupo considera que no se va a obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar la opinión de auditoría del grupo a partir de: (a) el trabajo realizado sobre la información financiera de los componentes significativos; (b) el trabajo realizado sobre los controles del grupo y sobre el proceso de consolidación; y (c) los procedimientos analíticos aplicados a nivel de grupo, el equipo del encargo del grupo seleccionará algunos componentes que no sean significativos y realizará, o solicitará al auditor del componente que realice, una o más de las actuaciones siguientes en relación con la información financiera de los componentes individuales seleccionados: (Ref.: Apartados A51–A53) • Una auditoría de la información financiera del componente aplicando la importancia relativa determinada para este. • Una auditoría de uno o más saldos contables, tipos de transacciones o información a revelar. • Una revisión de la información financiera del componente aplicando la importancia relativa determinada para este. • Procedimientos específicos. El equipo del encargo del grupo variará la selección de componentes a lo largo del tiempo.

Norma Internacional de Auditoría 600, párrafo 29. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 333 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Componentes no significativos»

Toda la NIA 600 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.