NIA 530 · Muestreo de auditoría

Párrafo A3 Definiciones

Al diseñar una muestra, el auditor determina la incorrección tolerable con el fin de responder al riesgo de que la agregación de incorrecciones individualmente inmateriales pueda ser causa de que los estados financieros contengan una incorrección material, así como para proporcionar un margen para las posibles incorrecciones no detectadas. La incorrección tolerable se deriva de la aplicación de la importancia relativa para la ejecución del trabajo, tal y como se define en la NIA 320,343 a un procedimiento de muestreo determinado. La incorrección tolerable puede ser una cifra igual o inferior a la de la importancia relativa para la ejecución del trabajo.

Norma Internacional de Auditoría 530, párrafo A3. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 243 del documento de origen .

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