NIA 505 · Confirmaciones externas

Párrafo A2 Sin contestación

Las respuestas a las solicitudes de confirmación proporcionan evidencia de auditoría más relevante y fiable cuando se envían a partes confirmantes que el auditor considera conocedoras de la información que ha de confirmarse. Por ejemplo, un directivo de una entidad financiera que conoce las transacciones o acuerdos con respecto a los que se solicita confirmación puede ser la persona más adecuada en dicha entidad a la que solicitar la confirmación. Diseño de las solicitudes de confirmación (Ref.: Apartado 7(c))

Norma Internacional de Auditoría 505, párrafo A2. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 224 del documento de origen .

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