NIA 505 · Confirmaciones externas

Párrafo 9 Negativa de la dirección a que el auditor envíe una solicitud de confirmación

Si el auditor concluye que la negativa de la dirección a que el auditor envíe una solicitud de confirmación no es razonable, o no puede obtener evidencia de auditoría relevante y fiable mediante procedimientos de auditoría alternativos, se pondrá en contacto con los responsables del gobierno de la entidad de conformidad con la NIA 260 (Revisada).304 El auditor también determinará las implicaciones de estas circunstancias sobre la auditoría y sobre la opinión del auditor, de conformidad con la NIA 705 (Revisada).305 Resultados de los procedimientos de confirmación externa Fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de confirmación 10. Si el auditor identifica factores que originen dudas sobre la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmación, obtendrá evidencia de auditoría adicional para resolver dichas dudas. (Ref.: Apartados A11–A16)

Norma Internacional de Auditoría 505, párrafo 9. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 223 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Negativa de la dirección a que el auditor envíe una solicitud de confirmación»

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