NIA 500 · Evidencia de auditoría

Párrafo A46 Obtención de conocimiento del trabajo del experto de la dirección (Ref.: Apartado 8(b))

En el caso de un experto de la dirección contratado por la entidad, normalmente existirá una carta de encargo u otra forma de acuerdo escrito entre la entidad y el experto. La evaluación de dicho acuerdo, para la obtención de conocimiento del trabajo del experto de la dirección, puede facilitar al auditor la determinación de la adecuación de los siguientes aspectos a efectos de sus objetivos: • la naturaleza, el alcance y los objetivos del trabajo del experto; • las funciones y responsabilidades respectivas de la dirección y del experto; y • la naturaleza, el momento de realización y la extensión de la comunicación entre la dirección y el experto, incluida la forma de cualquier informe que deba proporcionar el experto.

Norma Internacional de Auditoría 500, párrafo A46. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 211 del documento de origen .

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