NIA 315 · (Revisada): identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno

Párrafo 16 El conocimiento requerido de la entidad y su entorno, incluido su control interno

Si la entidad ha establecido dicho proceso (denominado en lo sucesivo “proceso de valoración del riesgo por la entidad”), el auditor obtendrá conocimiento de tal proceso y de sus resultados. Cuando el auditor identifique riesgos de incorrección material no identificados por la dirección, evaluará si existía un riesgo subyacente de tal naturaleza que, a juicio del auditor, debería haber sido identificado por el proceso de valoración del riesgo por la entidad. Si existe dicho riesgo, el auditor obtendrá conocimiento del motivo por el que el citado proceso no lo identificó, y evaluará si dicho proceso es adecuado en esas circunstancias o determinará si existe una deficiencia significativa en el control interno en relación con el proceso de valoración del riesgo por la entidad.

Norma Internacional de Auditoría 315, párrafo 16. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 128 del documento de origen .

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