NIA 260 · (Revisada): comunicación con los responsables del gobierno de la entidad
Párrafo A38 El proceso de comunicación
También pueden contribuir a una comunicación recíproca eficaz las discusiones acerca de lo siguiente: • El objetivo de las comunicaciones. Cuando el objetivo quede claro, el auditor y los responsables del gobierno de la entidad estarán mejor situados para tener un entendimiento mutuo de los asuntos relevantes y de las acciones que se deriven del proceso de comunicación. • La forma en la que se realizarán las comunicaciones. 160 Véase el apartado 290.39–49 del Código del IESBA que trata de los incumplimientos de los requerimientos de independencia. • La persona o personas del equipo del encargo y de entre los responsables del gobierno de la entidad que estarán en comunicación en relación con las distintas cuestiones. • Las expectativas del auditor de que la comunicación sea recíproca y de que los responsables del gobierno de la entidad se comuniquen con el auditor acerca de aquellas cuestiones que consideren relevantes para la auditoría, por ejemplo, decisiones estratégicas que puedan afectar significativamente a la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría, la sospecha o detección de fraude, y sus reticencias acerca de la integridad o la competencia de la alta dirección. • El proceso para la adopción de medidas en relación con las cuestiones comunicadas por el auditor, y para informar posteriormente al respecto. • El proceso para la adopción de medidas en relación con las cuestiones comunicadas por los responsables del gobierno de la entidad, y para informar posteriormente al respecto.
Norma Internacional de Auditoría 260, párrafo A38. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 104 del documento de origen .