NIA 250 · (Revisada): consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros
Párrafo A33 Comunicación e información sobre incumplimientos identificados o sobre la existencia de indicios de incumplimiento
La determinación requerida por el apartado 29 puede implicar consideraciones complejas y la aplicación de juicio profesional. En consecuencia, el auditor puede considerar consultar internamente (por ejemplo, en la firma o a una firma de la red) o, de manera confidencial, a un regulador o a una organización profesional (salvo que lo prohíba una disposición legal o reglamentaria o si incumpliera su deber de confidencialidad). El auditor puede también considerar obtener asesoramiento jurídico para conocer sus opciones o las implicaciones legales de una determinada forma de proceder.
Norma Internacional de Auditoría 250, párrafo A33. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 93 del documento de origen .