NIA 250 · (Revisada): consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros
Párrafo 18 Consideración por el auditor del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
En ausencia de incumplimientos identificados o de la existencia de indicios de incumplimiento, no se requiere que el auditor aplique, en lo que respecta al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias por la entidad, más procedimientos de auditoría que los señalados en los apartados 13 a 17.
Norma Internacional de Auditoría 250, párrafo 18. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 85 del documento de origen .