NIA 230 · Documentación de auditoría
Párrafo 16 Compilación del archivo final de auditoría
En circunstancias distintas a las previstas en el apartado 13, cuando el auditor considere necesario modificar la documentación de auditoría existente o añadir nueva documentación de auditoría después de que se haya terminado la compilación del archivo final de auditoría, independientemente de la naturaleza de las modificaciones o incorporaciones, el auditor documentará: (Ref.: Apartado A24) (a) los motivos específicos para ello; y (b) la fecha en que se realizó y las personas que lo hicieron y revisaron. *** Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas Preparación oportuna de la documentación de auditoría (Ref.: Apartado 7)
Norma Internacional de Auditoría 230, párrafo 16. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 48 del documento de origen .