NIA 230 · Documentación de auditoría
Párrafo 13 Cuestiones surgidas después de la fecha del informe de auditoría
Si, en circunstancias excepcionales, el auditor aplica procedimientos de auditoría nuevos o adicionales o alcanza conclusiones nuevas después de la fecha del informe de auditoría, el auditor documentará: (Ref.: Apartado A20) (a) las circunstancias encontradas; (b) los procedimientos de auditoría nuevos o adicionales aplicados, la evidencia de auditoría obtenida, y las conclusiones alcanzadas, así como sus efectos sobre el informe de auditoría; y (c) la fecha y las personas que realizaron y revisaron los cambios en la documentación de auditoría.
Norma Internacional de Auditoría 230, párrafo 13. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 47 del documento de origen .