NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría
Párrafo 6 Condiciones previas a la auditoría
Para determinar si concurren las condiciones previas a la auditoría, el auditor: a) determinará si el marco de información financiera que se utilizará para la preparación de los estados financieros es aceptable; y (Ref.: Apartados A2–A10) b) obtendrá la confirmación de la dirección de que ésta reconoce y comprende su responsabilidad en relación con: (Ref.: Apartados A11–A14, A21) I. la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, así como, en su caso, su presentación fiel; (Ref.: Apartado A15) ii. el control interno que la dirección considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección material, debida a fraude o error; y (Ref.: Apartados A16–A19) iii. la necesidad de proporcionar al auditor: a. acceso a toda la información de la que tenga conocimiento la dirección que sea relevante para la preparación de los estados financieros, tal como registros, documentación y otro material; b. información adicional que pueda solicitar el auditor a la dirección para los fines de la auditoría, y 31 NIA 220, Control de calidad de la auditoría de estados financieros. 32 NIA 200, Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría, apartado 13. c. acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales el auditor considere necesario obtener evidencia de auditoría. Limitación al alcance de la auditoría antes de la aceptación del encargo de auditoría 7. Si la dirección o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la propuesta de los términos de un encargo de auditoría la imposición de una limitación al alcance del trabajo del auditor de tal forma que el auditor considere que tendrá que denegar la opinión sobre los estados financieros, el auditor no aceptará dicho encargo con limitaciones como encargo de auditoría, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias. Otros factores que afectan a la aceptación de un encargo de auditoría 8. Si no se dan las condiciones previas a la auditoría, el auditor lo discutirá con la dirección. Salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias, el auditor no aceptará el encargo de auditoría propuesto: (a) si determina que no es aceptable el marco de información financiera que se utilizará para la preparación de los estados financieros, salvo en los casos previstos en el apartado 19; o (b) si no se ha alcanzado el acuerdo mencionado en el apartado 6(b).
Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo 6. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 20 del documento de origen .