NIA 200 · Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las normas internacionales de auditoría

Párrafo A23 Escepticismo profesional (Ref.: Apartado 15)

El auditor puede aceptar que los registros y documentos son auténticos, salvo que tenga motivos para creer lo contrario. Sin embargo, el auditor debe plantearse la fiabilidad de la información que va a ser utilizada como evidencia de auditoría.13 En casos de duda sobre la fiabilidad de la información o de existencia de indicios de posible fraude (por ejemplo, si las condiciones identificadas durante la realización de la auditoría llevan al auditor a pensar que un documento puede no ser auténtico o que pueden haber sido falsificados los términos de un documento), las NIA requieren que el auditor investigue con más detalle y determine las modificaciones o los procedimientos de auditoría adicionales necesarios para resolver la cuestión.14 A24. No puede esperarse que el auditor no tenga en cuenta su experiencia previa sobre la honestidad e integridad de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad. No obstante, la convicción de que la dirección y los responsables del gobierno de la entidad son honestos e íntegros no exime al auditor de la necesidad de mantener un escepticismo profesional ni le permite conformarse con evidencia de auditoría que no sea convincente para la obtención de una seguridad razonable. Juicio profesional (Ref.: Apartado 16)

Norma Internacional de Auditoría 200, párrafo A23. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 11 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Escepticismo profesional (Ref.: Apartado 15)»

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