NIA 200 · Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las normas internacionales de auditoría

Párrafo 20 Realización de la auditoría de conformidad con las NIA

El auditor no manifestará en el informe de auditoría haber cumplido con los requerimientos de las NIA a no ser que haya cumplido con los requerimientos de la presente NIA y los de todas las demás NIA aplicables a la auditoría. Objetivos establecidos en cada NIA 21. Con el fin de alcanzar los objetivos globales del auditor, éste seguirá los objetivos mencionados en cada NIA aplicable, al planificar y ejecutar la auditoría, teniendo en cuenta las relaciones existentes entre las NIA, con la finalidad de: (Ref.: Apartados A69–A71) (a) determinar si es necesario algún procedimiento de auditoría adicional a los exigidos por las NIA para alcanzar los objetivos establecidos en ellas; y (Ref.: Apartado A72) (b) evaluar si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada. (Ref.: Apartado A73) Cumplimiento de los requerimientos aplicables 22. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 23, el auditor cumplirá cada uno de los requerimientos de las NIA salvo que en las circunstancias de la auditoría: (a) no sea aplicable la totalidad de la NIA; o (b) el requerimiento no sea aplicable porque incluya una condición y ésta no concurra. (Ref.: Apartados A74–A75)

Norma Internacional de Auditoría 200, párrafo 20. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 7 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Realización de la auditoría de conformidad con las NIA»

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