Capítulo VII. cuentas por cobrar · Capítulo VII. cuentas por cobrar

Párrafo 7.5 Capítulo VII. cuentas por cobrar

Cuando no se tenga certeza de poder recuperar una cuenta por cobrar, debe establecerse una cuenta que muestre el deterioro (provisión) que disminuya las respectivas cuentas por cobrar. Ver párrafos 2.34 a 2.36 7.6 La microempresa debe efectuar la causación de los intereses pendientes de cobro, registrándolos en el estado de resultados y afectando la respectiva cuenta por cobrar por intereses. Presentación de los estados financieros 7.7 Una microempresa clasificará sus cuentas por cobrar como activos corrientes, si se esperan cobrar dentro de un año, o no corrientes, si se esperan cobrar durante un periodo de más de un año, Debe separarse la porción corriente de la no corriente. Información a revelar 7.8 Una microempresa revelará. (a) El valor en libros de los recursos pendientes de cobro.

Norma para Microempresas: CAPÍTULO VII. CUENTAS POR COBRAR, párrafo 7.5. Anexo 3 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 15 del documento de origen .

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