Capítulo IV. estado de situación financiera · Capítulo IV. estado de situación financiera

Párrafo 7

La microempresa debe indicar en una nota adicional a los estados financieros, los movimientos del patrimonio durante el ejercicio contable, si los hubiere. Las microempresas podrán, preparar cualquier otro estado financiero que consideren necesario para una mejor comprensibilidad de su situación financiera o del resultado de sus operaciones. Identificación de los estados financieros 3.9 Las microempresas identificarán claramente cada uno de los estados financieros. Además, presentarán la siguiente información de forma destacada, y la repetirán cuando sea necesario para la comprensión de la información presentada. (a) El nombre de la microempresa que informa y cualquier cambio en su nombre desde el final del periodo precedente. (b) La fecha del estado de situación financiera y el periodo a que se refiere el estado de resultados. (c) La moneda legal en Colombia.

Norma para Microempresas: CAPÍTULO IV. ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA, párrafo 7. Anexo 3 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 12 del documento de origen .

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