Marco Conceptual para la Información Financiera · Marco Conceptual para la Información Financiera
Párrafo 5.28 Baja en cuentas
Los objetivos descritos en el párrafo 5.27 normalmente se logran: (a) Dando de baja en cuentas los activos o pasivos que han caducado o se han consumido, cobrado, completado o transferido, reconociendo los ingresos y gastos resultantes. En el resto de este capítulo, el término "componente transferido" hace referencia a todos esos activos y pasivos; (b) Continuando el reconocimiento de los activos y pasivos retenidos, denominados como el "componente retenido", si lo hubiera. Ese componente retenido pasa a ser una unidad de cuenta del componente transferido. Por consiguiente, ningún ingreso o gasto se reconoce en el componente retenido como resultado de la baja en cuentas del componente transferido, a menos que la baja en cuentas dé lugar a un cambio en los requerimientos de medición aplicables al componente retenido; y (c) Aplicando uno o más de los procedimientos siguientes, si fuera necesario, para lograr uno o los dos objetivos descritos en el párrafo 5.27: (i) presentando cualquier componente retenido por separado en el estado de situación financiera; (ii) presentando por separado en el estado (o estados) del rendimiento financiero los ingresos o gastos reconocidos como resultado de la baja en cuentas del componente transferido; o (iii) proporcionando información explicativa.
Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo 5.28. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 25 del documento de origen .