Marco Conceptual para la Información Financiera · Marco Conceptual para la Información Financiera
Párrafo 4.9 Derecho
No todos los derechos de una entidad son activos de esa entidad—para ser activos de la entidad, los derechos deben tener el potencial de producir beneficios económicos para la entidad más allá de los beneficios económicos disponibles para todo tercero (véanse los párrafos 4.14 a 4.18) y ser controlados por la entidad (véanse los párrafos 4.19 a 4.25). Por ejemplo, los derechos disponibles para cualquier tercero sin costo significativo—por ejemplo, derechos de acceso a bienes públicos, tales como los derechos públicos de paso sobre terrenos o el conocimiento que es de dominio público—habitualmente no son activos para las entidades que los poseen.
Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo 4.9. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 14 del documento de origen .