Marco Conceptual para la Información Financiera · Marco Conceptual para la Información Financiera
Párrafo 2.43 La restricción del costo sobre la información financiera útil
Debido a la subjetividad inherente, las diferentes evaluaciones individuales de los costos y los beneficios de la presentación de partidas particulares de información financiera variarán. Por ello, el Consejo pretende considerar los costos y beneficios en relación con la información financiera de forma general, y no solo en relación con entidades que informan individuales. Eso no significa que las evaluaciones de costos y beneficios justifiquen siempre los mismos requerimientos de información para todas las entidades. Las diferencias pueden resultar apropiadas debido a los distintos tamaños de entidades, las diversas formas de obtener capital (en mercados cotizados o no cotizados), las necesidades de los diferentes usuarios u otros factores.
Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo 2.43. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 10 del documento de origen .