Marco internacional de encargos de aseguramiento · Marco internacional de encargos de aseguramiento

Párrafo 9 NICC 1

La NICC 1 trata de las responsabilidades de la firma de establecer y mantener su propio sistema de control de calidad para los encargos de aseguramiento. El cumplimiento de la NICC1 requiere que la firma establezca y mantenga un sistema de control de calidad que comprenda políticas y procedimientos que contemplen cada uno de los siguientes elementos, y que documente sus políticas y procedimientos y los comunique a su personal: (a) responsabilidades de liderazgo en la calidad dentro de la firma; (b) requerimientos de ética aplicables; (c) aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos; (d) recursos humanos; (e) realización de los encargos y (f) seguimiento Descripción de los encargos de aseguramiento 10. Un encargo de aseguramiento es un encargo en el que un profesional ejerciente tiene como objetivo obtener evidencia suficiente y adecuada que le permita expresar una conclusión cuyo fin es incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe, distintos de la parte responsable, acerca del resultado de la medida o evaluación de una materia subyacente objeto de análisis sobre la base de ciertos criterios.

Marco internacional de encargos de aseguramiento, párrafo 9. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 4 del documento de origen .

Los demás párrafos de «NICC 1»

Toda la Marco internacional de encargos de aseguramiento →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.