Ética, sección 291 · INDEPENDENCIA – OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO Estructura de la sección

Párrafo 291.31 Periodo del encargo

Cuando una entidad pase a ser cliente de un encargo de aseguramiento durante o después del periodo cubierto por la información sobre la materia objeto de análisis sobre la que la firma ha de expresar una conclusión, la firma determinará si se originan amenazas en relación con la independencia debido a: a) Relaciones financieras o empresariales con el cliente del encargo de aseguramiento durante o después del periodo cubierto por la información sobre la materia objeto de análisis pero antes de la aceptación del encargo, o b) Servicios que se hayan prestado con anterioridad al cliente del encargo de aseguramiento.

Código de Ética, sección 291, párrafo 291.31. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 53 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Periodo del encargo»

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