Ética, sección 291 · INDEPENDENCIA – OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO Estructura de la sección
Párrafo 291.17 Encargos de aseguramiento sobre afirmaciones
En un encargo de aseguramiento sobre afirmaciones, los miembros del equipo del encargo y la firma serán independientes del cliente del encargo (la parte responsable de la información sobre la materia objeto de análisis y que puede ser responsable de la materia objeto de análisis). Dichos requerimientos de independencia prohíben determinadas relaciones entre miembros del equipo del encargo de aseguramiento y (a) los administradores o directivos, y (b) personal del cliente que ocupa un puesto que le permite ejercer una influencia significativa sobre la materia objeto de análisis. También se determinará si las relaciones con personal del cliente que ocupa un puesto que le permite ejercer una influencia significativa sobre la materia objeto de análisis del encargo originan amenazas en relación con la independencia. Se evaluará la significatividad de cualquier amenaza que la firma tenga razones para pensar que se origina debido a intereses y relaciones de firmas de la red4 .
Código de Ética, sección 291, párrafo 291.17. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 51 del documento de origen .