Ética, sección 291 · INDEPENDENCIA – OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO Estructura de la sección
Párrafo 291.135 Relación como administrador o directivo de un cliente de un encargo de aseguramiento
Si un socio o un empleado de la firma actúa como Secretario del Consejo de un cliente de un encargo de aseguramiento, se originan amenazas de autorrevisión y de abogacía, generalmente tan importantes que ninguna salvaguarda puede reducirlas a un nivel aceptable. No obstante lo dispuesto en el apartado 291.133, cuando dicha práctica esté específicamente permitida por la legislación del país, por las normas o prácticas profesionales, y siempre que la dirección tome todas las decisiones importantes, las tareas y actividades se limitarán a aquéllas que sean de naturaleza rutinaria y administrativa, como la preparación de actas y el mantenimiento de las declaraciones legales. En dichas circunstancias, se evaluará la significatividad de cualquier amenaza y, cuando resulte necesario, se aplicarán salvaguardas para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable.
Código de Ética, sección 291, párrafo 291.135. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 60 del documento de origen .