Ética, sección 210 · Nombramiento profesional Aceptación de clientes
Párrafo 210.6 Aceptación de encargos
El principio fundamental de competencia y diligencia profesionales obliga al profesional de la contabilidad en ejercicio a prestar únicamente aquellos servicios que pueda realizar de modo competente. Antes de la aceptación de un determinado encargo, el profesional de la contabilidad en ejercicio determinará si dicha aceptación originaría una amenaza en relación con el cumplimiento de los principios fundamentales. Por ejemplo, se origina una amenaza de interés propio en relación con la competencia y diligencia profesionales si el equipo del encargo no posee, o no puede adquirir, las competencias necesarias para realizar adecuadamente el encargo.
Código de Ética, sección 210, párrafo 210.6. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 10 del documento de origen .