Ética, sección 200 · Introducción

Párrafo 200.10 Amenazas y salvaguardas

El profesional de la contabilidad en ejercicio aplicará su juicio para determinar el mejor modo de afrontar las amenazas que no están en un nivel aceptable, bien mediante la aplicación de salvaguardas para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable, bien poniendo fin al correspondiente encargo o rehusando el mismo. Para enjuiciar esta cuestión, el profesional de la contabilidad tendrá en cuenta si un tercero, con juicio y bien informado, sopesando todos los hechos y circunstancias específicos conocidos por el profesional de la contabilidad en ese momento, probablemente consideraría que la aplicación de las salvaguardas elimina o reduce las amenazas a un nivel aceptable de tal modo que el cumplimiento de los principios fundamentales no peligra. Este examen se verá afectado por cuestiones tales como la significatividad de la amenaza, la naturaleza del encargo y la estructura de la firma.

Código de Ética, sección 200, párrafo 200.10. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 8 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Amenazas y salvaguardas»

Toda la Ética, sección 200 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.