Ética, sección 130 · Competencia y diligencia profesionales
Párrafo 130.1 Competencia y diligencia profesionales
El principio de competencia y diligencia profesionales impone las siguientes obligaciones a todos los profesionales de la contabilidad: a) Mantener el conocimiento y la aptitud profesionales al nivel necesario para permitir que los clientes, o la entidad para la que trabaja, reciban un servicio profesional competente, y b) Actuar con diligencia, de conformidad con las normas técnicas y profesionales aplicables, cuando se llevan a cabo actividades o se prestan servicios profesionales.
Código de Ética, sección 130, párrafo 130.1. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 5 del documento de origen .