Ética, sección 110 · Integridad

Párrafo 110.2 Integridad

El profesional de la contabilidad no se asociará a sabiendas con informes, declaraciones, comunicaciones u otra información cuando estime que la información: a) contiene una afirmación materialmente falsa o que induce a error, b) contiene afirmaciones o información proporcionada de manera irresponsable, u c) omite u oculta información que debe ser incluida, cuando dicha omisión u ocultación induciría a error. Cuando el profesional de la contabilidad tenga conocimiento de que está asociado con información de ese tipo, deberá tomar las medidas necesarias para desvincularse de la misma.

Código de Ética, sección 110, párrafo 110.2. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 5 del documento de origen .

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