Ética, sección 100 · Introducción y principios fundamentales
Párrafo 100.16 Amenazas y salvaguardas
Determinadas salvaguardas pueden incrementar la probabilidad de identificar o de desalentar un comportamiento poco ético. Dichas salvaguardas, que pueden ser instituidas por los organismos profesionales, por las disposiciones legales y reglamentarias o por las entidades o empresas que dan empleo, incluyen: • Sistemas de reclamaciones efectivos y bien publicitados, gestionados por las entidades o empresas que dan empleo, por los organismos profesionales o por el regulador, que permiten que los trabajadores, las empresas y el público en general puedan llamar la atención sobre un comportamiento no profesional o poco ético. • La imposición explícita del deber de informar sobre los incumplimientos de los requerimientos de ética.
Código de Ética, sección 100, párrafo 100.16. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 3 del documento de origen .