CINIIF 2 · Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos Similares
Párrafo A13 Clasificación
La prohibición de rescate descrita en este ejemplo es diferente de las restricciones aludidas en los párrafos 19 y GA25 de la NIC 32. Esas restricciones limitan la capacidad de la entidad para pagar el importe debido por un pasivo financiero, es decir, impiden el pago del pasivo cuando se dan ciertas condiciones específicas. Por el contrario, en este ejemplo se describe un caso de una prohibición incondicional de rescatar por encima de un importe específico, con independencia de la capacidad que tenga la entidad para rescatar las aportaciones de los socios (por ejemplo, contando con sus recursos líquidos, ganancias o reservas distribuibles). En efecto, la prohibición de rescate en este supuesto impide a la entidad incurrir, por efecto del rescate, en cualquier pasivo financiero para rescatar más de un determinado monto de capital desembolsado. Por lo tanto, la parte de los títulos sujeta a la prohibición de rescate, no será un pasivo financiero. Aunque cada uno de los títulos que componen la aportación de los socios, individualmente considerado, puede ser rescatado, una parte del total de los títulos en circulación no es rescatable en circunstancia alguna, excepto en caso de liquidación de la entidad.
Interpretación CINIIF 2, párrafo A13. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 760 del documento de origen .