Subcuenta

310505 Capital autorizado

Naturaleza: Crédito

Ubicación del código dentro del Plan Único de Cuentas
Clase 3 Patrimonio
Grupo 31 Capital social
Cuenta 3105 Capital suscrito y pagado
Subcuenta 310505 Capital autorizado

La descripción y la dinámica de esta subcuenta salen de la cuenta 3105 Capital suscrito y pagado, que es donde el decreto la trae.

Descripción

Registra el ingreso real al patrimonio del ente económico, de los aportes efectuados por los accionistas, y corresponde al valor neto de las subcuentas 310505 - Capital Autorizado, 310510 - Capital por Suscribir (DB) y 310515 -Capital Suscrito por Cobrar (DB).

Dinámica

Débitos

Registro del Capital Autorizado

  • a. Por el valor del Capital Autorizado al constituirse el ente económico (310510), con abono a la subcuenta 310505 - Capital Autorizado.
  • b. Por los aumentos o modificaciones de capital autorizado, con el lleno de las formalidades legales.

Registro de la Suscripción

  • a. Por el valor del capital suscrito, pendiente de pago (310515), con abono a la subcuenta 310510 - Capital por Suscribir (DB).

Créditos

Registro del Capital Autorizado

  • a. Por el valor de la suma fijada en la escritura pública de constitución (310505), con cargo a la subcuenta 310510 - Capital por Suscribir.
  • b. Por los aumentos o modificaciones de capital autorizado, con el lleno de las formalidades legales.

Registro de la Suscripción

  • a. Por el valor del capital suscrito por los accionistas, previo el cumplimiento de los requisitos y formalidades de Ley (310510), con cargo a la subcuenta respectiva del activo, o la 310515 - Capital Suscrito por Cobrar (DB), en el monto suscrito y pendiente de pago.
  • b. Por el valor capitalizado (310510), con cargo a la cuenta respectiva del grupo 34.

Registro de pago

  • a. Por el valor efectivamente recaudado con cargo a caja o bancos, según sea el caso (310515).
  • b. Por el valor capitalizado (310510), con cargo a la cuenta respectiva del grupo 34.

El contenido de esta página corresponde al Decreto 2650 de 1993, que adoptó el Plan Único de Cuentas para Comerciantes. Se publica como material de consulta y su aplicación hoy debe revisarse frente a los marcos técnicos contables vigentes en Colombia. No sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.

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