Subcuenta
261095 Otras
Naturaleza: Crédito
| Clase | 2 | Pasivo |
|---|---|---|
| Grupo | 26 | Pasivos estimados y provisiones |
| Cuenta | 2610 | Para obligaciones laborales |
| Subcuenta | 261095 | Otras |
La descripción y la dinámica de esta subcuenta salen de la cuenta 2610 Para obligaciones laborales, que es donde el decreto la trae.
Descripción
Registra el valor de las apropiaciones efectuadas por el ente económico de las obligaciones que se generan en la relación laboral, sean éstas legales, convencionales o internas que tienen una exigibilidad a corto plazo o que en ocasiones requiere de un pago inmediato, efectuadas con base en las liquidaciones de nómina y en un porcentaje adecuado sobre los salarios causados.
El importe de la provisión se debe causar mensualmente teniendo en cuenta las siguientes condiciones. a. Existe un derecho adquirido y, en consecuencia, una obligación contraida; b. El pago es exigible y probable, y c. Su importe se puede estimar razonablemente. El efecto retroactivo en el importe de las prestaciones sociales originadas por la antigüedad y el cambio en la base salarial forma parte del respectivo período contable. El cálculo definitivo correspondiente a las obligaciones laborales que no se cancelen durante el mismo ejercicio económico en que se causan sino en fechas futuras indeterminadas, se consolidarán en las diversas subcuentas del grupo 25- Obligaciones Laborales.
Dinámica
Débitos
- a. Por el valor del traslado a la cuenta respectiva del grupo 25 - Obligaciones Laborales-.
- b. Por el valor pagado a los trabajadores de las prestaciones sociales causadas y canceladas durante un mismo ejercicio contable.
Créditos
- a. Por la provisión mensual con cargo a los resultados por las diversas obligaciones prestacionales.
- b. Por el valor de los ajustes por defecto que se presenten al practicar la consolidación al cierre del ejercicio.
El contenido de esta página corresponde al Decreto 2650 de 1993, que adoptó el Plan Único de Cuentas para Comerciantes. Se publica como material de consulta y su aplicación hoy debe revisarse frente a los marcos técnicos contables vigentes en Colombia. No sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.