Subcuenta
133010 A contratistas
Naturaleza: Débito
| Clase | 1 | Activo |
|---|---|---|
| Grupo | 13 | Deudores |
| Cuenta | 1330 | Anticipos y avances |
| Subcuenta | 133010 | A contratistas |
La descripción y la dinámica de esta subcuenta salen de la cuenta 1330 Anticipos y avances, que es donde el decreto la trae.
Descripción
Registra el valor de los adelantos efectuados en efectivo por el ente económico a personas naturales o jurídicas, con el fin de recibir beneficios o contraprestación futura de acuerdo a las condiciones pactadas, incluye conceptos tales como anticipos a proveedores, a contratistas, a trabajadores, a agentes de aduana y a concesionarios.
Dinámica
Débitos
- a. Por los valores girados por el ente económico en la compra de bienes, servicios o según las estipulaciones en los respectivos contratos de obras civiles o trabajos a realizar.
- b. Por los pagos adelantados efectuados a trabajadores para cubrir gastos de alojamiento, manutención y movilización.
- c. Por las sumas giradas para nacionalización de importaciones.
- d. Por el valor de los elementos de almacén entregados para la ejecución de obras.
- e. Por el ajuste por diferencia en cambio que resulte al cierre del período sobre saldos expresados en moneda extranjera.
Créditos
- a. Por el valor de los pedidos parciales o totales recibidos de los proveedores.
- b. Por el valor del ajuste por traslado a gastos o costos, cuando se ha formalizado el trámite de la entrada de almacén de las compras.
- c. Por los valores de las facturas, cuentas de cobro o actas de entrega parciales o totales que presenten los beneficiarios de los anticipos y avances de acuerdo con los contratos o convenios establecidos.
- d. Por los valores de las operaciones con el exterior según la respectiva nota débito del banco local corresponsal.
- e. Por el valor de los documentos de legalización de los gastos de viaje
- f. Por el valor de las cuentas de cobro que presenten los agentes debidamente soporta dos con los documentos externos correspondientes.
- g. Por los valores no utiliza dos reintegrados directa mente por los beneficiarios en las oficinas del ente económico.
- h. Por la reclasificación a cuentas de pasivo, de los saldos a favor de los beneficiarios a la fecha de cierre.
- i. Por el valor de los elementos de almacén devueltos según las entradas de almacén.
- j. Por el valor que se está legalizando al realizar la entrega del bien.
- k. Por el ajuste por diferencia en cambio que resulte al cierre del período sobre saldos expresados en moneda extranjera.
El contenido de esta página corresponde al Decreto 2650 de 1993, que adoptó el Plan Único de Cuentas para Comerciantes. Se publica como material de consulta y su aplicación hoy debe revisarse frente a los marcos técnicos contables vigentes en Colombia. No sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.