Subcuenta

120515 Explotacion de minas y canteras

Naturaleza: Débito

Ubicación del código dentro del Plan Único de Cuentas
Clase 1 Activo
Grupo 12 Inversiones
Cuenta 1205 Acciones
Subcuenta 120515 Explotacion de minas y canteras

La descripción y la dinámica de esta subcuenta salen de la cuenta 1205 Acciones, que es donde el decreto la trae.

Descripción

Registra el costo de adquisición de las inversiones realizadas por el ente económico en sociedades por acciones y/o asimiladas, el cual incluye las sumas incurridas directamente en su adquisición.

Las inversiones en acciones deben ser ajustadas por inflación conforme a las disposiciones vigentes.

Cuando el valor de mercado o realización sea inferior al costo de adquisición una vez reexpresado como consecuencia de la inflación si fuere del caso, éste debe ajustarse mediante una provisión con cargo a los resultados del ejercicio en el cual se presentó la pérdida del valor y si es superior mediante valorización acreditada a la cuenta 3805 De Inversiones.

Para estos efectos se entiende por valor de mercado o realización lo ya definido en la descripción del grupo 12 - Inversiones.

El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, así como para el Descuento por Amortizar o Prima por Amortizar, según sea el caso, deberá obedecer también a lo expuesto en la descripción del grupo 12 Inversiones.

Dinámica

Débitos

  • a. Por el valor de las acciones adquiridas en la constitución de un ente económico
  • b. Por el costo de adquisición de las inversiones en sociedades por acciones y/ o asimiladas.

Créditos

  • a. Por el costo de adquisición o ajustado de las acciones vendidas, según sea el caso.
  • b. Por el castigo o baja en libros ocasionados por la pérdida de la inversión
  • c. Por el valor de las acciones recibidas en pago de dividendos.
  • d. Por el valor de las acciones recibidas como dación en pago
  • e. Por el valor registrado en la subcuenta 133530, cuando se han adquirido las acciones.
  • f. Por el valor del ajuste por inflación.

El contenido de esta página corresponde al Decreto 2650 de 1993, que adoptó el Plan Único de Cuentas para Comerciantes. Se publica como material de consulta y su aplicación hoy debe revisarse frente a los marcos técnicos contables vigentes en Colombia. No sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.

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