Artículo 869-2 del Estatuto Tributario — Facultad adicional de la administración tributaria en caso de abuso
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Estatuto Tributario · Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales · Título XI — Otras disposiciones procedimentales · Decreto 624 de 1989
Artículo modificado por el artículo 303 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:
En el evento de presentarse abuso en los términos del artículo 869 de este Estatuto, la Administración Tributaria podrá remover el velo corporativo de entidades que hayan sido utilizadas o hayan participado, por decisión de sus socios, accionistas, directores o administradores, dentro de las conductas abusivas.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 869-2 del Estatuto Tributario
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