Artículo 77 del Estatuto Tributario — Requisitos para su aceptación
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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título I — Renta · Capítulo II — Costos · Otras normas comunes al costo de activos fijos y movibles · Decreto 624 de 1989
Cuando dentro de los costos o inversiones amortizables existan pagos o abonos en cuenta, que correspondan a conceptos respecto de los cuales obliga el cumplimiento de requisitos para su deducción, deben llenarse en relación con tales pagos o abonos, los mismos requisitos señalados para las deducciones.
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