Artículo 763 del Estatuto Tributario — Presunción de ingresos gravados con impuesto a las ventas, por no diferenciar las ventas y servicios gravados de los que
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Estatuto Tributario · Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales · Título VI — Regimen probatorio · Capítulo II — Medios de prueba · Decreto 624 de 1989
Cuando la contabilidad del responsable no permita identificar los bienes vendidos o los servicios prestados, se presumirá que la totalidad de las ventas y servicios no identificados corresponden a bienes o servicios gravados con la tarifa más alta de los bienes que venda el responsable.
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