Artículo 755 del Estatuto Tributario — La omision del nit o del nombre en la correspondencia, facturas y recibos permiten presumir ingresos
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Estatuto Tributario · Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales · Título VI — Regimen probatorio · Capítulo II — Medios de prueba · Decreto 624 de 1989
El incumplimiento del deber contemplado en el artículo 619, hará presumir la omisión de pagos declarados por terceros, por parte del presunto beneficiario de los mismos.
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