Artículo 689 del Estatuto Tributario — Facultad para establecer beneficio de auditoria
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Estatuto Tributario · Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales · Título Iv. determinación del impuesto e imposición de sanciones · Capítulo I. normas generales · Decreto 624 de 1989
Con el fin de estimular el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, el Gobierno Nacional señalará, mediante reglamentos, las condiciones y porcentajes en virtud de los cuales se garantice a los contribuyentes que incrementen su tributación, que la investigación que da origen a la liquidación de revisión, proviene de una selección basada en programas de computador.
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